En nuestro país podríamos visibilizar a tres grupos, respecto a la discusión constitucional: los que quieren la Constitución tal como está; los que plantean reformas para perfeccionarla y finalmente quienes queremos una nueva Constitución, nacida en democracia. No obstante este último grupo tiene, a su vez, dos subgrupos, diferenciados en la forma y el fondo, quienes plantean un proceso radicado en el parlamento y quienes sostenemos la necesidad de una Asamblea Constituyente.
En Chile se ha abierto un amplio debate respecto de la opción de convocar a una Asamblea Constituyente, no obstante se tiene derecho a pensar que existiría un alto grado de desinformación respecto de las representaciones acerca de la misma. Tras 24 años de recuperación del sistema democrático, Chile exhibe un conjunto de tensiones políticas, sociales, culturales, económicas, entre otras, que dan cuenta de un agotamiento del modelo institucionalizado por la Constitución Política de la República, elaborada bajo el período de dictadura militar en el año 1980. Dicha carta magna pareciera estar superada por la realidad y no estaría respondiendo a las demandas que la nueva ciudadanía expresa en múltiples movimientos sociales que han irrumpido en el país, como así también el cuestionamiento a la democracia meramente representativa que esta institucionalidad estructura. Si bien es cierto, desde hace al menos cinco años se viene gestando, entre algunos sectores sociales y políticos, la opción de convocar a una Asamblea Constituyente para redactar la nueva Carta fundamental, es durante el año 2013 en el marco de la elección presidencial, parlamentaria y de consejeros regionales, que se da inicio a un amplio debate argumental respecto de la viabilidad de realizar una Asamblea para la formulación de una nueva Constitución. En efecto, la agenda pública se vio forzada a incorporar el concepto de Asamblea Constituyente, alcanzando a generar una discusión con diversos matices entre detractores y promotores de la iniciativa, recogiéndose de manera superficial algunas experiencias internacionales y centrando el foco en aspectos generales de orden más bien jurídico, descuidando aspectos centrales vinculados a representaciones políticas, sociales y ciudadanas. Esta idea de asamblea constituyente parece sustentada en elementos de contexto, tales como el fin de la transición política chilena, la emergencia de una nueva ciudadanía, la aparición de nuevos conceptos y expresiones de democracia, como por ejemplo la democracia deliberativa y participativa, como complementos de la democracia representativa y electoral. No obstante la apertura del debate en torno a la Asamblea Constituyente y la disposición o no a la misma por parte de la ciudadanía y de la clase política, no se ha desarrollado con profundidad, lo que dificulta considerar apropiación, mecanismos, metodologías y carácter de la citada instancia de participación.
Hasta hora, buena parte de las publicaciones al respecto emanan principalmente desde el mundo jurídico, omitiendo que se trata de un proceso que trasciende de lo jurídico, debido a su componente social, político, cultural, etc., es necesario entonces visibilizar las representaciones ciudadanas y con ello favorecer la toma de decisiones en el contexto de la elaboración y mecanismos de una nueva Constitución para Chile, en el entendido que ciertamente nos referimos a la calidad y características de la democracia y no sólo a tecnicismos jurídicos.
La Presidenta Michelle Bachelet ha asumido el compromiso de generar una nueva Constitución, ciudadana, participativa e institucional, señalando que durante 2015 propondrá al país cual será el mecanismo. Al respecto, aún muchos guardamos la esperanza de la Asamblea, diferenciando el que el poder constituyente radica en el soberano, es decir en el pueblo y no en el constituido, que es su representante en el parlamento. Lo contrario restaría legitimidad y representatividad, considerando aún más el que en el caso chileno se trata de un parlamento cuestionado por su generación binominal sustentada en la misma Constitución que es necesario reemplazar y, por otra parte, parlamentarios que no en todos los casos pueden garantizar independencia y prescindencia de grupos de presión e interés, esto último reforzado con las recientes denuncias por aportes reservados para las campañas electorales.
Es así como surge la percepción del conflicto del poder constituyente y a la heteronomía estatal que, en palabras de la constitucionalista española Clara Marsan, presentan un Estado constitucional en dificultades para mantener ese vinculo entre individuos (soberanos) – democracia y ejercicio de derechos – y soberanía estatal. Por lo que deberemos encontrar modelos alternativos que permitan la autonomía y heteronomía, es decir, que puedan garantizar canales de participación democrática reales y generar un Estado justo.
Cristian Quiroz Reyes, Consejero Regional | Publicada en 2014